Observaciones al Informe final de la
MOE-UE sobre la elección presidencial de Venezuela
La Unión Europea ha constatado que el electorado venezolano continua
abrigando profunda desconfianza hacia el sistema electoral porque no garantiza
al elector la seguridad de que su voluntad expresada en las urnas es debidamente
respetada.
Esa desconfianza se origina, por una parte, en las numerosas irregularidades que se cometen a lo largo de la campaña electoral y durante la realización de los comicios, y por la otra, en las deficiencias e inconsistencias de que adolece el sistema electoral venezolano.
La Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE-UE) señala en su informe que sus observadores constataron muchas de esas irregularidades. De manera particular destaca que durante la campaña y en la jornada electoral se apreciaron manifestaciones de abuso de poder y ventajismo bajo la forma de infracciones de las normas de propaganda y publicidad por parte del presidente-candidato, de ministros, de entidades públicas y del partido oficialista; participación indebida de funcionarios públicos en la campaña electoral; presiones y amenazas sobre empleados y funcionarios de la administración pública para que votaran por el presidente-candidato o adhirieran a manifiestos de apoyo a esa candidatura; presencia intimidante y actividades no permitidas de los efectivos del Plan República dentro de los centros de votación; violaciones del secreto del voto bajo la forma de “asistencia” a los votantes en el momento de ejercer su derechos al sufragio, etc.
La MOE-UE, al tiempo que emite apreciaciones positivas en relación con el sistema automatizado de voto implantado en Venezuela, señala importantes deficiencias que afectan su funcionamiento con el consiguiente impacto sobre la credibilidad del electorado en la autoridad y la confianza en el sistema electoral. A continuación se resumen algunos de esos señalamientos:
Desconfianza en el CNE. La MOE-UE constató que en muchos sectores de
la oposición persisten recelos hacia el Consejo Nacional Electoral porque
siguen considerando que esa institución no guardó “la suficiente independencia
respecto de los otros poderes del Estado a lo largo de todo el proceso
electoral” (Pág. 7, párr. 3). “Algunos
sectores de la oposición siguen calificando al CNE como un órgano no
suficientemente independiente de los poderes ejecutivo y legislativo a lo largo
del proceso electoral” (Pág. 13, párr. 6)
La integridad del REP. La MOE-UE al tiempo que destaca que el REP es un instrumento legalmente válido, aceptado por todas las fuerzas políticas, reconoce que sigue siendo fuente de conflictos por lo cual recomienda que se tomen medidas para limpiarlo, actualizarlo y restaurar su integridad (Sumario, Párr. 7). A este respecto señala que “las críticas al REP continúan por la existencia de fallecidos, ciudadanos con más de una cédula de identidad, ciudadanos registrados en una dirección diferente de su domicilio, y extranjeros, mayoritariamente colombianos, sospechosos de haber adquirido sus cédulas de manera fraudulenta. (Pág. 17, párr. 4)
La MOE-UE observa además que “muchos de los problemas del REP identificados por varias organizaciones de la sociedad civil tienen su origen en el sistema de registro civil y de cedulación” y agrega que “para que el CNE gane la confianza de los ciudadanos en el registro electoral, la integridad de esos dos sistemas tiene que se asegurada”.
Las máquinas de votación. La MOE-UE constató que durante la jornada electoral muchas personas, principalmente mayores de edad, no sabían cómo utilizar las máquinas de votación ni entendían el funcionamiento de la boleta electoral. Esto dio origen a otro problema, que consistió en que miembros de las mesas, testigos o efectivos del Plan República acudieron a ayudar a esa personas con el resultado, conforme lo apreciaron los observadores de la MOE-UE “en algunos casos comprometieron el secreto del voto”. (Sumario, Párr. 8)
Las máquinas captahuellas. La MOE-UE confirma que esas máquinas, que no forman parte del proceso electoral propiamente, no se prestan para cometer fraude electoral, pero su empleo provoca “una percepción negativa” (¿temor?) en el elector. Además ocasionan retardo en el desarrollo del proceso electoral. (Sumario, Párr. 9)
La ausencia de garantía del voto único. Si bien la MOE-UE se abstiene de señalar directamente la ineficacia que demostró la tinta supuestamente indeleble empleada durante la votación, en varias instancias de su Informe destaca la necesidad de utilizar “una tinta indeleble realmente eficaz para asegurar el voto único” (Sumario, Párr. 9)
La calidad del proceso electoral. La MOE-UE señala que la valoración del proceso electoral realizado por sus observadores “indica que hay un margen importante para mejoras en el sistema de votación, en la preparación del personal de mesa y en la capacitación de los votantes” (Sumario, párr. 10)
Los cuadernos complementarios de votación. La MOE-UE constató que en los cuadernos complementarios de votación, destinados a registrar a los votantes (principalmente los efectivos del Plan República) que no constaban en los cuadernos de votación pero que estaban autorizados a votar, figuraban también votantes que habían cambiado de residencia. Señala además que “no ha podido encontrar ninguna normativa relativa a esos cuadernos complementarios” y que observó que, en varias mesas esos cuadernos crearon confusión y desconfianza sobre la lista de votantes. (Pág. 16, párrs. 8 y 9)
Por todo eso, en varios pasajes de su Informe la MOE-UE hace un llamado a las autoridades electorales para que ajusten la normativa electoral a las “buenas prácticas electorales” reconocidas internacionalmente.
Las inconsistencias del
sistema electoral
Pero el señalamiento más contundente grave que formula la MOE-UE se refiere a las inconsistencias que presenta el marco legal del sistema electoral venezolano.
La MOE-UE registra a lo largo de su informe honda preocupación por el conflicto legal que se plantea con el cuerpo de leyes que rige los procesos electorales venezolanos[1].
Ese cuerpo legal esta integrado por la Ley de Partidos Políticos, Reuniones y Manifestaciones (LPPRM, 1965), la Ley Orgánica del Sufragio y la Participación Política (LOSPP, 1998), el Estatuto Electoral del Poder Público (EEPP, 2000) y la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE, 2002).
Ya en su Informe Preliminar presentado el 5 de diciembre de 2006 la MOE-UE había advertido, a ese propósito lo siguiente:
“La coexistencia de
la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política con textos legales
aprobados tras la reforma constitucional da lugar a inconsistencias que el CNE
resuelve con la aprobación de normas dictadas con ocasión de cada elección.
Dichas normas regulan aspectos tan cruciales del proceso como la acreditación
de testigos, las reglas de publicidad y financiamiento o el proceso de
instalación de las mesas electorales, lo que deja en evidencia importantes
vacíos en las leyes electorales generales. Además, para la Elección
Presidencial de 2006, la promulgación de las normas se produjo en una fase muy tardía
del proceso.
Sobre esta misma situación el Informe Final de la MOE-UE señala:
“El hecho de que las
dos primeras [la Ley de
Partidos Políticos, Reuniones y Manifestaciones (LPPRM, 1965), y la Ley
Orgánica del Sufragio y la Participación Política (LOSPP, 1998)] daten del período anterior a la Constitución de
1999 ha dado lugar a conflictos con las leyes del llamado “bloque
constitucional” que han tenido que ser resueltos por el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ)”. (Pág. 10, párr. 5)
Y agrega:
“Para la Elección
Presidencial de 2006, el CNE dictó 10 resoluciones que regularon aspectos tan
importantes del proceso como la postulación de candidatos, la posición de los
mismos en la boletas, las normas de financiamiento de la campaña, el
procedimiento de acreditación de testigos de los partidos políticos y las
normas sobre publicidad y propaganda de la campaña electoral. Algunas de esas
normas fueron dictadas en una fase muy avanzada del proceso electoral…”
La preocupación de la MOE-UE por esta situación
es tal que el Informe Final le
dedica de, manera específica, otros tres pasajes:
1)
En el Sumario, página 3
“6. Existe indefinición con respecto a algunos procedimientos electorales, que se podría solucionar con la aprobación por la Asamblea Nacional de una Ley Orgánica General o con un Reglamento General Electoral del CNE que fijase de una vez normas válidas para todos los procesos. Sea cuál sea la fórmula elegida, sería importante que el nuevo texto legal contara con el consenso de las principales fuerzas políticas del país, incluidas las que no tienen representación parlamentaria.”
2) En el cuerpo del
Informe, Página 11
“La MOE-UE ya puso
de manifiesto en su observación de las Elecciones Parlamentarias del 2005 la
existencia de este conflicto legal, que el CNE no ha resuelto hasta la fecha,
lo que le obliga a dictar varias resoluciones con ocasión de la celebración de
cada elección. Para la Elección Presidencial de 2006, el CNE dictó 10
resoluciones que regularon aspectos tan importantes del proceso como la
postulación de candidatos, la posición de los mismos en la boleta, las normas
de financiamiento de la campaña, el procedimiento de acreditación de testigos
de los partidos políticos y las normas sobre publicidad y propaganda de la campaña electoral. Algunas de estas normas
fueron dictadas en un fase muy avanzada del proceso electoral, en particular el
procedimiento de acreditación de testigos, cuya publicación no fue ordenada
hasta el 22 de noviembre, menos de dos semanas antes de los comicios. La tardanza
en la definición de procedimientos pudo plantear dificultades a la adecuada
organización y planificación de los partidos políticos que concurrieron a los comicios”.
“Las dos
posibilidades de terminar con esta indefinición ya advertida por la MOE-UE de 2005
serían la aprobación por la Asamblea Nacional de una Ley Orgánica General que fijase
claramente todos los aspectos clave del proceso electoral de acuerdo a la nueva
Constitución y en consonancia con principios y buenas prácticas internacionales,
o bien que el CNE dictase un nuevo Reglamento General Electoral que fijase de
una vez normas válidas para todos los procesos. Sea cuál sea la fórmula
elegida, sería importante que el nuevo texto legal contase con el consenso de
las principales fuerzas políticas del país, incluidas las que no tienen
representación parlamentaria.”
3) En las Recomendaciones, página
58:
“Las leyes que
gobiernan los procesos electorales presentan inconsistencias y vacíos que podrían
ser solucionados bien con la aprobación por la Asamblea Nacional de una Ley Orgánica
General, o bien con un nuevo Reglamento General Electoral del CNE, que fijen
clara y definitivamente todos los aspectos clave de las elecciones de acuerdo a
la Constitución de 1999 y en consonancia con principios y buenas prácticas internacionales.
De esa manera, el CNE quedaría exonerado de publicar un número tan elevado de
normas y reglamentos en todos los procesos electorales, a veces en una fase muy
avanzada de los mismos. La MOE-UE ya detectó en 2005 esta carencia, que la Ley Orgánica
del Sufragio y la Participación Política de 1998 ya preveía solventar con la aprobación
de una Reglamento General Electoral. Cualquiera que sea la fórmula elegida,
sería importante que la nueva Ley Orgánica o Reglamento General contase con el
consenso del mayor número de las fuerzas políticas, tanto si están presentes en
la Asamblea Nacional como si no.”
CONCLUSIONES:
Como puede apreciarse, la Unión Europea ha constatado que el sistema electoral venezolano no goza de la confianza de la ciudadanía porque no garantiza plenamente el respeto del secreto del voto, el voto único, la integridad del padrón electoral, la seguridad de que los resultados registrados oficialmente reflejan fielmente la voluntad expresada en las urnas, el ejercicio del derecho al voto libre de presiones o intimidaciones, la imparcialidad de los funcionarios e instituciones del Estado.
Esa opinión no es solo de la Unión Europea y de los venezolanos.
Algunos observadores internacionales no pertenecientes a la UE que presenciaron
la elección presidencial consideran que el sistema electoral venezolano está
concebido para favorecer a quien lo controla y que la normativa y los distintos
procesos que comprende, incluidos los electrónicos, están diseñados para dar ventaja
a quien los administra. Un observador internacional dijo que si no se modifica
el sistema electoral “los venezolanos
tendrán a Chávez hasta el año 2040”.
Durante su reciente visita a
Venezuela el Presidente del Partido Acción Nacional (PAN) de México, Manuel
Espino, dijo: “en Venezuela no hay
democracia sino una simulación electoral”
RECOMENDACIONES
A continuación se presentan algunas recomendaciones relacionadas con las acciones que el Partido Un Nuevo Tiempo debería emprender con relación al Informe Final de la MOE-UE sobre la elección presidencial del 3 de diciembre de 2006.
1)
Impulsar la reforma del sistema electoral
Un Nuevo Tiempo debería:
1) acoger como propias las observaciones y recomendaciones antes transcritas de la Unión Europea en relación con la reforma del marco legal del sistema electoral venezolano,
2)
asumir como un objetivo prioritario luchar por
la reforma del sistema electoral en su totalidad mediante la promulgación de
una nueva ley orgánica que, como dice la UE, esté “en
consonancia con los principios y las buenas prácticas internacionales”.
Ese nuevo
instrumento legal debe contemplar, entre otros aspectos:
· normas estrictas sobre los procedimientos de votación, la prohibición terminante de hacer campaña extemporánea y durante el proceso de votación,
· normas claras y precisas sobre los procedimientos de apertura y cierre de las mesas electorales, la formación y selección del personal de las mesas,
· aclarar el papel de los coordinadores electorales en sus diferentes niveles, normas precisas destinadas a asegurar, como lo recomienda la Unión Europea, la realización de auditorias completas del sistema electrónico en todos sus niveles, en las cuales, además de la presencia de los representantes de los partidos participen “instituciones independientes de competencia apropiada y reputación probada” para evaluar el “proceso completo de desarrollo del sistema” y el funcionamiento “de las aplicaciones informáticas de las máquinas de votación y de totalización de resultados” y tener “acceso completo a los códigos fuente, documentación y maquinaria sin restricciones de tiempo o lugar”,
· establecer procedimientos expeditos para la designación de los testigos de mesa tanto en los centros de votación nacionales como en el exterior,
· establecer normas claras y sanciones para impedir el ventajismo y el abuso de poder por candidatos que ejerzan cargos públicos,
· prohibir la participación y la presencia de funcionarios públicos en eventos electorales proselitistas,
· evitar agresiones a los candidatos o sus seguidores,
· definir el papel de la Fuerza Armada y de la reserva dentro del marco del Plan República o, preferiblemente, eliminar totalmente esta actividad abusiva e intimidante,
· facilitar y hacer mas expedita la presencia de los observadores electorales tanto nacionales como internacionales,
Además, la nueva ley debe restituir al voto del elector el valor que le corresponde como genuina expresión de su voluntad. La nueva ley debe confirmar la prioridad del voto manual por encima del voto electrónico conforme lo establece el numeral 5 del artículo153 de la LOSPP cuando dice:
“Tanto en el caso de que el proceso de votación escrutinio, totalización y adjudicación fuera automatizado, como en el caso de que no lo fuere, se debe garantizar que el voto emitido por cada elector sea registrado y escrutado correctamente, y que sólo se registren y escruten votos legítimamente emitidos”
Finalmente, el proceso de reforma del sistema electoral debe ir acompañado de una revisión total e independiente del Registro electoral permanente.
Esta es la única alternativa para restituir a la ciudadanía la confianza en el voto y la mejor medicina para contrarrestar la abstención que cada vez más se apodera del ánimo de los venezolanos como lo demuestra el hecho de que, escrutado el 74.69% de los votos de la elección presidencial, el CNE registra 25.3 % de abstención .
2)
Desarrollar una campaña de movilización internacional
Es evidente que este planteamiento se estrellará contra la intransigencia, la testarudez y la resistencia del régimen sobre todo ahora que Chávez ha sido re-elegido y “re-relegitimado”. También se sabe que las fuerzas políticas que se han beneficiado de ese régimen electoral imperante se interpondrán a este esfuerzo.
Sin embargo, en esa empresa Un Nuevo Tiempo y la sociedad democrática venezolana seguramente contarán con el apoyo de la comunidad internacional y particularmente con el respaldo de la Unión Europea que ha sido clara y terminante en esta materia.
Pero ese apoyo hay que movilizarlo y para ello es necesario desarrollar una amplia campaña internacional destinada a comprometer a la UE con sus propios planteamientos y divulgar en otros niveles de la comunidad internacional los aspectos más resaltantes del Informe Final. Con esta finalidad se propone:
· Como primera tarea el Comité de Relaciones Internacionales preparará un documento en el cuan se recojan los señalamientos más importantes del Informe de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE-UE) referidos a las irregularidades registradas durante la campaña electoral y durante la jornada electoral, así como las imperfecciones del sistema electoral vigente. Ese documento debería ser traducido por lo menos al inglés y el francés.
· Divulgar ese documento intensamente tanto interna como internacionalmente.
· Con el objeto de asegurar el compromiso de la Unión Europea con las observaciones y recomendaciones de la MOE-UE se debería:
o Concretar la propuesta que formuló el Diputado Jaime Mayor Oreja en el sentido de que el Presidente del Parlamento Europeo Señor Hans-Gert Pötering, reciba al Gobernador Manuel Rosales, ya sea individualmente o en el marco de una reunión con las bancadas de los partidos políticos afines o de una reunión con participación de las diferentes bancadas del PE. Esa propuesta fue presentada, y acogida por el señor Pöetering con ocasión de la visita que efectuó al PE una misión de la Comisión de Asuntos Internacionales del Comando de Campaña de Manuel Rosales.
o De concretarse lo planteado en el punto anterior, la visita del Gobernador Rosales al Parlamento Europeo debería combinarse con una entrevista con la Comisaria para Relaciones Exteriores de la UE, la señora Benita Ferrero-Waldner y, eventualmente, con una visita a la Cancillera Federal de Alemania, la señora Angela Merkel.
o También debería contemplarse una escala en España o un viaje del Gobernador Rosales a ese país para reunirse con las autoridades de los partidos PSOE Y PP.
· Complementariamente, se debería planificar una serie de misiones al exterior con el objeto de presentar el documento sobre el Informe Final de la MOE-UE y gestionar la solidaridad y apoyo de gobiernos y de partidos afines en el esfuerzo para reformar el sistema electoral venezolano.
· De la misma manera se debería establecer contacto directo para entablar relaciones estrechas con:
o la Subsecretaría de Asuntos Políticos de la OEA, la cual tiene a su cargo dirigir y coordinar las actividades de la OEA para la promoción de la democracia - incluida la designación de Misiones de Observación Electoral - el fortalecimiento de la gobernabilidad y la prevención de crisis políticas,
o la División de Asistencia Electoral del Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas.
· Paralelamente, el Comité de Relaciones Internacionales podría investigar las posibilidades de cooperación técnica (de gobiernos, institutos, fundaciones o partidos políticos afines de otros países) para la preparación y capacitación de cuadros de Un Nuevo Tiempo a través del instituto de formación política del Partido que se tiene proyectado crear.
3)
Contrarrestar la campaña del CNE
Luego de que se hiciera público el Informe Final de la MOE-UE el CNE lanzó una campaña publicitaria con anuncios pagados en los diarios para destacar los pasajes de ese documento que contienen juicios positivos acerca del sistema electoral venezolano.
Comprensiblemente, la MOE-UE ha acompañado sus críticas al sistema electoral con frases que persiguen atenuar los juicios críticos que a lo largo de su Informe formula acerca del CNE, del sistema electoral y del marco legal que lo rige.
Se piensa que Un Nuevo Tiempo debería, a su vez, publicar un anuncio destinado a contrarrestar la campaña de desinformación que llevó a cabo el CNE.
Art030207
[1] Resulta pertinente
señalar que esta apreciación es compartida, también en términos claros y
categóricos, por la OEA. En el Informe Verbal que presentó al Consejo
Permanente el 16 de diciembre de 2006, el Jefe de la Misión de Observación
Electoral de la OEA, destacó: “Tal como
han señalado anteriores Misiones de Observación Electoral de la OEA y según
observaciones de sus expertos resulta apropiado una actualización y ordenación
sistematizada de la legislación electoral de sus diversos aspectos, incluyendo
control de actividades, control de campañas y financiamiento de las mismas.”