LA ULTRAJADA

 

Adolfo R. Taylhardat

 

 

Nunca una Constitución venezolana fue objeto de tantas violaciones como la recién nacida "bolivariana". Antes de entrar en vigor ya había sido víctima de serias agresiones a su virginidad por sus propios progenitores.

 

Con la excusa de la necesidad de llenar el vacío deliberadamente dejado por los constituyentes en su apuro por completar atropelladamente su tarea en el plazo que les fue impuesto, se han cometido tomado decisiones contrariando abiertamente la letra y el espíritu de la Constitución. Pero esa excusa no tiene asidero. La disposición derogatoria única de la "bolivariana" establece que, derogada la constitución de 1961, el "resto del ordenamiento jurídico mantendrá su vigencia en todo lo que no contradiga a esta Constitución"

 

Se alega que la Corte Suprema de Justicia otorgó carácter "supraconstitucional" a la Asamblea Nacional Constituyente, y esto se ha sido como que la convirtió en todopoderosa para decidir sobre lo humano y lo divino sin rendir cuentas a nadie. Pero aquella decisión de la CSJ, de dudosa consistencia jurídica, se refería a la Constitución de 1961. En ningún caso otorgó autoridad para arrogarse poderes abusivamente ni para colocarse por encima de la nueva Constitución.

 

Valiéndose de la interpretación abusiva de la decisión de la CSJ, y aprovechando que el pueblo venezolano se debatía entre las festividades navideñas y la terrible tragedia de diciembre, la ANC tomó decisiones que en ningún momento le confió "el soberano".

 

El primer abuso, que a su vez consagra un rosario de violaciones de la Constitución y sirve de estribo para proyectar las arbitrariedades hacia el presente y el futuro, es el Decreto sobre el régimen de transición del poder público del 22-17-99.

 

Con ese decreto, actuando "en nombre y representación del Pueblo Soberano" y "en ejercicio del poder constituyente originario otorgado por éste  .... para transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico", la ANC, de golpe y porrazo dispuso: disolver el Congreso, sustituirlo por una "asambleílla" y designar a dedo sus integrantes; cesar en sus funciones a los Diputados a los Parlamentos Latinoamericano y Andino (elegidos directamente en noviembre de 1998) y disponer que su remplazo por personas que la CLN designará a dedo; someter los Concejos Municipales y los Alcaldes a la "supervisión y control" de la  CNL; disponer la continuación en ejercicio del Presidente de la República; disolver las Asambleas Legislativas y sustituir estas últimas por "Comisiones Legislativas Estadales" cuyos integrantes están siendo escogidos a dedo; nombrar a dedo"  a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia  y designar, también a dedo, a su Presidente y sus dos Vicepresidentes; sustituir el Consejo de la Judicatura por la "Dirección Ejecutiva de la Magistratura" adscrita a la CSJ; nombrar a dedo al Fiscal General y al Contralor General de la República; nombrar a dedo a los integrantes del CNE, para fijar la fecha de la "megaelección" y dictar un Estatuto Electoral.

 

Completando la cadena de violaciones contra la todavía meona bolivariana, antes de expirar la ANC decidió atribuir a la "asambleilla" una serie de tareas que configuran violaciones adicionales de la Constitución.

 

Todo esto ocurre bajo la mirada alelada de la sociedad civil que se encuentra maniatada frente a un Estado que se atribuye poder absoluto.

 

Es cierto que en el referéndum del 25-4-99 el "Pueblo Soberano" autorizó a la Constituyente para crear un nuevo ordenamiento jurídico que permitiera "el funcionamiento efectivo de una democracia social y participativa", pero ese mandato debía cumplirlo con la elaboración de una nueva Constitución. En aquel referéndum no se le preguntó "al soberano" si autorizaba a la ANC y al gobierno a disponer de sus destinos en la forma arbitraria y atropellada como lo ha venido haciendo, irrespetando, además, los principios elementales de la tan cacareada "democracia participativa".

 

La única atribución que  la nueva Constitución asignó a la ANC, que por lo demás ni siquiera cumplió, fue dictar la Ley Especial sobre el Régimen del Distrito Federal. Todos los demás actos cumplidos por la ANC desde el momento en que entró en vigor la "bolivariana" y los que realice la espuria "asambleilla" son absolutamente inconstitucionales, nulos e irritos.