LA
ULTRAJADA
Adolfo
R. Taylhardat
Nunca
una Constitución venezolana fue objeto de tantas violaciones como la recién
nacida "bolivariana". Antes de entrar en vigor ya había sido víctima
de serias agresiones a su virginidad por sus propios progenitores.
Con
la excusa de la necesidad de llenar el vacío deliberadamente dejado por los
constituyentes en su apuro por completar atropelladamente su tarea en el plazo
que les fue impuesto, se han cometido tomado decisiones contrariando
abiertamente la letra y el espíritu de la Constitución. Pero esa excusa no
tiene asidero. La disposición derogatoria única de la "bolivariana"
establece que, derogada la constitución de 1961, el "resto del ordenamiento jurídico mantendrá su vigencia en todo lo
que no contradiga a esta Constitución"
Se
alega que la Corte Suprema de Justicia otorgó carácter
"supraconstitucional" a la Asamblea Nacional Constituyente, y esto se
ha sido como que la convirtió en todopoderosa
para decidir sobre lo humano y lo divino sin rendir cuentas a nadie. Pero
aquella decisión de la CSJ, de dudosa consistencia jurídica, se refería a la
Constitución de 1961. En ningún caso otorgó autoridad para arrogarse poderes
abusivamente ni para colocarse por encima de la nueva Constitución.
Valiéndose
de la interpretación abusiva de la decisión de la CSJ, y aprovechando que el
pueblo venezolano se debatía entre las festividades navideñas y la terrible
tragedia de diciembre, la ANC tomó decisiones que en ningún momento le confió
"el soberano".
El
primer abuso, que a su vez consagra un rosario de violaciones de la
Constitución y sirve de estribo para proyectar las arbitrariedades hacia el
presente y el futuro, es el Decreto sobre el régimen de transición del poder
público del 22-17-99.
Con
ese decreto, actuando "en nombre y representación del Pueblo
Soberano" y "en ejercicio del poder constituyente originario otorgado
por éste .... para transformar el
Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico", la ANC, de golpe y porrazo
dispuso: disolver el Congreso, sustituirlo por una "asambleílla" y
designar a dedo sus integrantes;
cesar en sus funciones a los Diputados a los Parlamentos Latinoamericano y
Andino (elegidos directamente en noviembre de 1998) y disponer que su remplazo
por personas que la CLN designará a dedo;
someter los Concejos Municipales y los Alcaldes a la "supervisión y
control" de la CNL; disponer la
continuación en ejercicio del Presidente de la República; disolver las
Asambleas Legislativas y sustituir estas últimas por "Comisiones
Legislativas Estadales" cuyos integrantes están siendo escogidos a dedo; nombrar a dedo" a los
magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
y designar, también a dedo, a
su Presidente y sus dos Vicepresidentes; sustituir el Consejo de la Judicatura
por la "Dirección Ejecutiva de la Magistratura" adscrita a la CSJ;
nombrar a dedo al Fiscal General y
al Contralor General de la República; nombrar a dedo a los integrantes del CNE, para fijar la fecha de la
"megaelección" y dictar un Estatuto Electoral.
Completando
la cadena de violaciones contra la todavía meona bolivariana, antes de expirar
la ANC decidió atribuir a la "asambleilla" una serie de tareas que
configuran violaciones adicionales de la Constitución.
Todo
esto ocurre bajo la mirada alelada de la sociedad civil que se encuentra
maniatada frente a un Estado que se atribuye poder absoluto.
Es
cierto que en el referéndum del 25-4-99 el "Pueblo Soberano" autorizó
a la Constituyente para crear un nuevo ordenamiento jurídico que permitiera
"el funcionamiento efectivo de una democracia social y
participativa", pero ese mandato debía cumplirlo con la elaboración de una
nueva Constitución. En aquel referéndum no se le preguntó "al
soberano" si autorizaba a la ANC y al gobierno a disponer de sus destinos
en la forma arbitraria y atropellada como lo ha venido haciendo, irrespetando,
además, los principios elementales de la tan cacareada "democracia
participativa".
La
única atribución que la nueva
Constitución asignó a la ANC, que por lo demás ni siquiera cumplió, fue dictar
la Ley Especial sobre el Régimen del Distrito Federal. Todos los demás actos cumplidos por la ANC desde el momento en que
entró en vigor la "bolivariana" y los que realice la espuria
"asambleilla" son absolutamente inconstitucionales, nulos e irritos.