La reforma estructural de las Naciones Unidas
Adolfo R. Taylhardat*
En su informe titulado “Un concepto mas amplio de la libertad: desarrollo, seguridad y
derechos humanos para todos”, el Secretario General de las Naciones Unidas
somete a la consideración de la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno que se
reunirá en Nueva York los días 14 y 15 de3 septiembre próximo una serie de
propuestas destinadas a restituir la credibilidad y a fortalecer de la
organización.
El informe es un programa amplio y comprensivo
que contempla propuestas y medidas para asegurar el cumplimiento de las metas
de milenio para el desarrollo, para hacer frente a las principales amenazas que
confronta la comunidad internacional, entre ellas el terrorismo, para impulsar
el desarrollo, particularmente de los países menos favorecidos, para contribuir
a la protección y conservación del medio ambiente, para dotar a la organización
de mayor capacidad y efectividad para hacer frente a los conflictos
internacionales y contribuir al mantenimiento de la paz.
Como dice el Secretario General, los principios
y propósitos consagrados en la Carta de las Naciones Unidas siguen teniendo
plena vigencia a pesar de que fueron diseñados hace ya 60 años, pero que es
necesario adecuar la manera de actuar de la organización a las exigencias del
mundo actual. Kofi Annan recuerda que en la Declaración del Milenio los Jefes
de Estado y de Gobierno reconocieron la necesidad de convertir a las Naciones
Unidas en “un instrumento más eficaz en el logro de sus prioridades”.
Al mismo tiempo que reconoce la necesidad de
introducir mejoras en el funcionamiento de la Secretaría, materia que es de su
competencia, el Secretario reconoce que para que sea eficaz la reforma no puede
quedar confinada a la parte ejecutiva, y agrega: “Es hora de infundir nueva
vida también a los órganos intergubernamentales de las Naciones Unidas” y
ofrece una serie de propuestas destinadas a modificar la estructura o la
composición y modernizar el funcionamiento de la Asamblea General y los Consejos.
La Asamblea General
Evidentemente, en este caso no hay lugar para
modificar la estructura ya que por su propia naturaleza de institución
democrática y ente parlamentario su composición no puede ser otra que la
existente, o sea, un foro en el cual participan todos los Estados Miembros en
un plano de absoluta igualdad, con los mismos derechos y deberes. Siendo el principal órgano de
deliberación y de toma de decisiones, esa estructura no admite cambios.
El Secretario General expresa, sin embargo,
preocupación por “el declive del prestigio de la Asamblea y la mengua de su
contribución a las actividades de la organización”. Ese declive, dice, hay que corregirlo “pero eso sólo podrá
lograrse si la Asamblea aumenta su eficacia”
La Agenda de la Asamblea
Como señala el Kofi Annan, uno de los
principales problemas que confronta la Asamblea es la proliferación de temas
que comprende su Agenda Anual[1],
muchos de los cuales se vienen arrastrando de año en año, algunos casi desde el
inicio de la existencia de la organización.
Además, existe solapamiento o duplicidad en muchos de los temas que
solamente se diferencian por su enunciado.
Para remediar esta situación el Secretario
General recomienda que la Asamblea haga un esfuerzo para que focalizar su actividad
en un programa sustantivo destinado a abordar las principales cuestiones del
momento.
Sin dejar de reconocer su importancia, llama la
atención que en su recomendación el Secretario General, solamente menciona “la migración internacional y el convenio
general sobre terrorismo que tanto tiempo lleva debatiéndose” como las
principales cuestiones del momento, cuando son muchos los problemas
internacionales que encuadran dentro de esa categoría.
De hecho, en el pasado se han hecho esfuerzos
para atender esta situación, que han consistido fundamentalmente en asignar al
Plenario solamente los temas de carácter urgente o de alcance universal[2]
y limitar la duración de las
intervenciones en el debate general.
En todo caso, no debe ser difícil hacer nuevos
esfuerzos para racional todavía más el trabajo del plenario de la Asamblea y de
las Comisiones.
El consenso como mecanismo de toma de
decisiones.
Otro aspecto relacionado con el funcionamiento
de la Asamblea General al cual se refiere el Secretario General tiene que ver
con el uso del consenso como mecanismo para la toma de decisiones. “En los
últimos años –dice Annan-, el número de resoluciones de la Asamblea General
aprobadas por consenso ha ido aumentando constantemente… Desgraciadamente el
consenso (interpretado muchas veces como una exigencia de unanimidad se ha
convertido en un fin en si mismo… Este sistema no ha demostrado ser una forma
eficaz de conciliar los intereses de los Estados Miembros. Mas bien tiene el
efecto de hacer que la Asamblea se limite a tratar generalidades, abandonando
toda intención decidida de pasar a la acción”
En esto el Secretario General tiene razón. En
las Naciones Unidas, y en general en las organizaciones internacionales,
siempre se procura que las decisiones sean tomadas por consenso. Esto a su vez
conduce a que el contenido de esas decisiones (resoluciones, declaraciones,
etc.) inevitablemente se reduce al mínimo común denominador alrededor del cual se
ha podido reunir el consentimiento de los participantes. Además, como señala Kofi
Annan, muchas veces ese mínimo común denominador evade compromisos
trascendentes y solo recoge generalidades.
Evidentemente la alternativa al consenso es el
voto, que también tiene sus inconvenientes porque en las decisiones resultantes
siempre habrá quienes las favorecen y quienes las adversan. Estos últimos
pueden (ha ocurrido muchas veces), en cualquier momento desconocer o
desasociarse de ese resultado. Queda entonces, cómo único camino hacer esfuerzos
para volver más eficaz el consenso, procurando que las decisiones no se limiten
a registrar lo general o formal, sino que también contemplen compromisos de
fondo sobre cuestiones trascendentes.
La participación de la sociedad civil
Otro aspecto relacionado con la Asamblea
General que plantea Kofi Annan se refiere a la conveniencia de que se promueva
una mayor interacción entre la Asamblea y la sociedad civil. En la práctica hay muchas organizaciones
no-gubernamentales, representativas de la sociedad civil que han obtenido la
condición de observador en las Naciones Unidas, lo cual les da derecho a tener
un puesto dentro del recinto del plenario y, si la Asamblea lo autoriza, a
intervenir sobre un asunto que les interese o afecte directamente. En el caso
de algunos órganos de las Naciones Unidas, y por lo general también en las conferencias
convocadas por la Asamblea, a esas organizaciones se les reconoce el derecho de
voz o se organizan foros paralelos para que puedan expresarse. Pero no hay que
olvidar que la Asamblea es un órgano integrado por los representantes de los
gobiernos, debidamente acreditados, mientras que esas organizaciones, por su
propia naturaleza son no-gubernamentales y en muchos casos sus intereses o los
intereses que persiguen rivalizan con los de gobiernos de los Estados Miembros.
La propuesta del Secretario General en el
sentido de que “La Asamblea General
debería adoptar medidas en relación con esas recomendaciones y establecer
mecanismos que le permitan interactuar de forma plena y sistemática con la
sociedad civil” debe ser tomada en cuenta procurando encontrar una solución
que no afecte el funcionamiento de la Asamblea. Quizás, como ocurre en las
conferencias especializadas de las Naciones Unidas, la Asamblea podría dedicar
un día entero a realizar un intercambio y a interactuar con las organizaciones
no-gubernamentales a fin de que éstos últimos hagan planteamientos o presenten
propuestas que podrían ser consideradas por la Asamblea.
Las Comisiones de la Asamblea
Como es sabido, el trabajo de la Asamblea se
desarrolla paralelamente en sesiones plenarias y en las Comisiones Permanentes.
Por lo general la Asamblea, aparte del debate general en el cual tiene derecho
a participar todos los Estados Miembros para exponer sus opiniones sobre los
problemas que afectan al mundo y a sus países, además, como se indicó más
arriba, el plenario se reserva el tratamiento de algunos temas de particular
importancia. Las comisiones examinan los demás temas de la Agenda que le son
atribuidos según su competencia.
El
Secretario General dice que la Asamblea debería revisar su estructura de
comisiones, la forma como funcionan, la supervisión que hace de sus trabajos y
los resultados de los mismos.
Son muchos los esfuerzos que se han hecho en el
pasado en esa dirección y no cabe duda
que ha habido progresos importantes en materia de racionalización del
trabajo de las comisiones. Sin embargo, el Kofi Annan tiene razón en llamar la
atención sobre esta situación porque siempre es posible mejorar e inyectar más
eficiencia a las comisiones. Particularmente
relevante es su observación en el sentido de que se debe evitar que como
resultado de las decisiones de las comisiones se sobrecargue a la Organización
–y al propio Secretario General- de mandatos que muchas veces no puede cumplir
porque no se cuenta con los recursos financieros necesarios o porque no se dispone de recursos humanos
adecuados.
El Secretario General formula finalmente un
comentario que si bien tiene validez, pareciera una reprimenda y una
advertencia a los gobiernos cuando dice: “nada
de eso se cumplirá a no ser que los Estados Miembros pongan un interés
auténtico en la Asamblea al más alto nivel e insistan en que sus representantes
participen en sus debates a fin de alcanzar resultados reales y positivos”.
Si no lo hacen, agrega, “seguirán
encontrando decepcionante el funcionamiento de la Asamblea, lo cual no deberá
sorprenderlos”
Los Consejos.
Como señala el Secretario General, la Carta de
las Naciones Unidas contempla tres consejos que junto con la Asamblea y la Secretaría
constituyen los órganos principales de la organización. En su opinión “el reparto de competencias entre ellos ha
ido resultando cada vez menos equilibrado”.
Por una parte, el Consejo de Administración
Fiduciaria cumplió el cometido para el cual fue creado, que consistió en administrar fiduciariamente, en
nombre de la Organización, hasta que alcanzaran su independencia, los
territorios que la Sociedad de Naciones había colocado bajo el régimen de
mandatos y otros territorios que los
estados miembros convinieron en colocar bajo su administración y supervisión. El
Secretario General acertadamente propone su eliminación ya que en la situación
actual su existencia es puramente formal. Sigue existiendo porque lo contempla
la Carta de la Organización, pero ya no cumple ninguna función. Para
restablecer el equilibrio contemplado en la Carta Kofi Annan propone sustituir
el Consejo de Administración Fiduciaria por uno nuevo: el Consejo de Derechos
Humanos de carácter permanente.
El argumento del desequilibrio que esgrime el
Secretario General es débil. De lo que se trata es simple y llanamente de
suprimir un órgano cuya existencia no se justifica y crear, en su lugar, otro órgano
que se ocuparía de un área cuya promoción, como él mismo dice, “exige sin duda
unas estructuras mas eficaces”.
A continuación se comentan las observaciones y propuestas
concretas del Secretario General en relación con estos consejos
El Consejo de Seguridad
Como
es sabido, el Consejo tiene actualmente quince miembros: cinco permanentes
(Estados Unidos, la Federación Rusa, China, Francia y el Reino Unidos) que
detentan el privilegio del derecho de veto,[3]
y diez no-permanentes, sin derecho de veto, elegidos por la Asamblea General
sobre la base de una distribución geográfica equitativa. Esta distribución fue
establecida mediante una resolución de la Asamblea General la cual asignó cinco
puestos a África y Asia, uno a Europa Oriental, dos a América Latina y el
Caribe, y dos al grupo de países conocido como WEOC (países de Europa Occidental
y otros).
La
composición original, y el mecanismo existente para la toma de decisiones del
Consejo de Seguridad, fueron impuestos por las “Potencias Aliadas y Asociadas”
vencedoras de la segunda guerra mundial cuando se creó la organización. Como ha dicho el Secretario General,
el Consejo de Seguridad ha sido objeto de numerosas críticas. Se considera que
ese órgano es poco representativo de una organización que cuenta ya con 191
Estados Miembros. También se critica, como un privilegio discriminatorio y
antidemocrático, la existencia de la categoría de miembros permanentes que
además gozan del derecho de veto. En los medios de la
Organización se bromea con frecuencia diciendo que de acuerdo con la Carta de
las Naciones Unidas todos los miembros son iguales entre sí, pero que hay unos
mas iguales que otros.
Tal como señala Kofi Annan, el Consejo de
Seguridad ha ido afirmando su autoridad y desde el fin de la guerra fría se
observa una mayor unidad de propósito entre los miembros permanentes. Pero agrega
que esa autoridad esta siendo puesta en tela de juicio “por ser anacrónica o insuficientemente representativa”.
Como órgano que tiene la responsabilidad
primordial del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales “es de vital importancia - dice Annan -, … que el Consejo esté equipado para
desempeñar esa responsabilidad y que sus decisiones gocen del respeto mundial”
Recuerda además que en la Declaración del Milenio todos los gobiernos
estuvieron de acuerdo en redoblar esfuerzos “por
reformar ampliamente el Consejo de Seguridad en todos sus aspectos” y
señala que esa decisión respondía a la necesidad de modificar la composición
del Consejo para que sea mas ampliamente representativo de la comunidad
internacional y mas legítimo a los ojos de la población mundial.
El Secretario General agrega que sus métodos de
trabajo deben también ganar eficacia y transparencia. “El Consejo no sólo debe ser mas representativo, sino que también debe
tener más capacidad y disposición para adoptar medidas cuando sea necesario”.
Por consiguiente, dice “apoyo la postura enunciada en el informe del Grupo de alto nivel sobre
las amenazas los desafíos y el cambio en relación con las reformas del Consejo
de Seguridad” en el sentido de que: 1) se debe dar mayor participación en
el proceso de adopción de decisiones “a
quienes mas contribuyen a las Naciones Unidas desde el punto de vista
financiero, militar o diplomático;” 2) el Consejo “debe incorporar en el proceso de adopción de decisiones a países que
sean mas representativos de la composición general, especialmente del mundo en
desarrollo;” 3) “Las reformas no deberían redundar en desmedro de la eficacia del
Consejo” 4) “Las reformas deberían
hacer del Consejo un órgano mas democrático y que rindiera mayor cuenta de su
actuación”.
Seguidamente el Secretario General “insta” a
los Estados Miembros a que estudien las dos posibilidades o modelos que se
presentaron en aquel informe, las cuales sintetiza en un cuadro inserto en su
propio informe.
El primer “modelo” contempla eliminar el veto y
aumentar el número de miembros del Consejo a 24[4]. De esos 24 once serían permanentes (los cinco
actuales mas seis nuevos) y el número de miembros no permanentes (renovables
cada dos año como en la actualidad) sería de 13. Es decir que a los diez puestos
no permanentes actuales se le añadirían 3.
La propuesta de este primer modelo contempla la
siguiente distribución: los cinco miembros permanentes actuales conservan sus
puestos. Los seis nuevos puestos permanentes serían: dos para África, dos para
Asia y el Pacífico, uno para Europa y uno para América. Los no permanentes serían: cuatro para
África, tres para Asia y Pacífico, dos para Europa y cuatro para América.
El segundo modelo propone también la ampliación
de la composición del Consejo a 24 miembros, no se crearían nuevos puestos
permanentes y se mantiene el derecho de veto, se crearía un nuevo puesto no
permanente con un mandato de dos años no renovable para un total de once y se
crea una nueva categoría miembros no permanentes con ocho puestos con un
mandato de cuatro años renovable (no se indica cuantas veces pueden ser
renovados).
Según esta propuesta la distribución de los
puestos no permanentes se haría de la siguiente manera: los que tendrían un
mandato de dos años no renovable serían: cuatro para África, tres para Asia y
Pacífico, uno para Europa y tres para América. Los ocho puestos con mandato de
cuatro años renovable se distribuirían por igual, dos para cada una de las
regiones (África, Asia y Pacífico, Europa y América)
Una tercera propuesta contenida en una
resolución patrocinada por Brasil, Alemania, Japón e India (países que aspiran
a obtener un puesto permanente en el Consejo de Seguridad) plantea elevar a
nueve o diez el número de miembros permanentes y conservando sin modificación
los miembros no permanentes, o sea diez con mandato de dos años. Según informaciones de prensa esta propuesta
ya ha sido rechazada por los Estados Unidos.
Resulta interesante señalar que según
informaciones de prensa, con ocasión de la visita a Washington del Primer
Ministro de la India, el Presidente Bush le hizo saber que su país no apoya la
aspiración de ese país a un puesto permanente en el Consejo de Seguridad.
En
mi opinión la composición y el método de toma de decisiones del Consejo de
Seguridad constituyen el “pecado original” que cometieron los creadores de las
Naciones Unidas y la comunidad internacional tendrá que soportarla por el resto
de la existencia de la Organización. No hay que olvidar que cualquier enmienda
de la Carta necesita ser ratificada por los cinco miembros permanentes del
Consejo de Seguridad, o sea, el veto se extiende también a las eventuales
reformas del instrumento constitutivo de la Organización. Esto significa los
cinco miembros permanentes deberán ponerse previamente de acuerdo sobre los
alcances y los efectos de una eventual modificación de la estructura y la nueva
composición del Consejo. No es difícil prever que ninguno de ellos estará dispuesto
a renunciar a los privilegios que les confiere la condición de miembro
permanente.
Ninguna de esas dos propuestas ofrece un remedio a la situación
que se quiere corregir. Por el contrario, la creación de nuevos puestos
permanentes, de puestos semi-permanentes, o de categorías diferentes de
miembros no-permanentes, tendría como efecto profundizar aún más el carácter
poco democrático del Consejo. Además, ampliar excesivamente la composición de
ese órgano, lejos de contribuir a su eficacia traería como resultado hacerlo
todavía menos operante y limitaría su capacidad para tomar decisiones en
situaciones de urgencia que afecten la paz o la seguridad internacionales. Es fundamental asegurar que, como dice Kofi Annan,
las reformas no redunden en desmedro de la eficacia de ese órgano tan vital para
el mundo.
Cualquier
modelo que se proponga plantea inevitablemente el
problema de establecer los criterios o los parámetros que servirían para
escoger los países que se beneficiarían de la nueva situación de privilegio que
se estaría creando. El informe del Grupo de alto nivel al cual se hizo
referencia mas arriba propone algunos criterios cuando dice que se debe dar
preferencia a aquellos países que “mas contribuyen a las Naciones Unidas desde
el punto de vista financiero, militar o diplomático, especialmente en cuanto a
las cuotas para el presupuesto, la participación en operaciones de paz, las
aportaciones a actividades de las Naciones Unidas en materia de desarrollo y
las actividades diplomáticas en apoyo de los objetivos y mandatos de las
Naciones Unidas”. Pero, surge la pregunta: ¿cómo se determina si un país reúne
esas condiciones o características? Además, podrían considerarse otras
igualmente importantes como la naturaleza pacífica, o el desempeño democrático
del gobierno del país que quiere integrar el Consejo de Seguridad, o el grado
en que ese gobierno promueve, respeta y defiende los derechos humanos.
En
mi opinión el objetivo proclamado democratización del Consejo de ese importante
órgano de las Naciones Unidas se podría alcanzar fácilmente con dos medidas que
por su sencillez podrían parecer ingenuas pero que serían absolutamente viables
y sumamente efectivas:
Primero: en lugar de complicar el panorama acrecentando la discriminación con el aumento
del número de miembros permanentes o con la creación de nuevas categorías de miembros no permanentes,
para ampliar la representatividad del Consejo bastaría con aumentar nuevamente el
número de miembros no permanentes. Esto ya se hizo en el pasado sin que se
produjeran traumas[5]. El
aumento de miembros no permanentes deberá tener en cuenta que para preservar la
flexibilidad y toda la capacidad de acción necesarias para ejercer la
responsabilidad primaria en el mantenimiento de la paz y la seguridad
internacionales que le asigna la Carta el Consejo debe continuar siendo un
órgano de composición limitada. Elevar a 21 el total de miembros del Consejo
permitiría satisfacer el propósito de asegurar una más amplia participación de
la comunidad internacional y una mayor representatividad de la membresía de la
organización sin caer en el exceso de convertirlo en una Asamblea. Sería una
reforma que no redundaría en desmedro de la eficacia del Consejo como
recomienda el Secretario General.
Segundo: como no será posible eliminar el veto porque difícilmente los miembros
permanentes, o por lo menos alguno o algunos no renunciarán a ese privilegio,
la alternativa consistiría en hacerlo innecesario. La discriminación odiosa que
plantea el veto se podría fácilmente mitigar o neutralizar sin necesidad de
suprimirlo. Para ello bastaría que los miembros permanentes se comprometan
formalmente a institucionalizar el consenso como método para la adopción de las
decisiones en el Consejo. Tal compromiso podría tomar la forma de una
Declaración o un "compromiso de caballeros" adoptado en una reunión
cumbre del Consejo como la que se efectuó en 1992. El "Compromiso de
caballeros" no es una idea ajena a las Naciones Unidas. Varios compromisos
de esa naturaleza se han asumido en el pasado y han funcionado eficientemente
porque han sido debidamente respetados y cumplidos. Un compromiso de adoptar el
consenso como el único método para la adopción de las decisiones en el Consejo
de Seguridad equivaldría, de hecho, a otorgar, el derecho de veto a todos los
miembros, permanentes y no permanentes, quedando todos en las mismas
condiciones: todos participarían, en pie de igualdad en la adopción de las
decisiones. Además, de esta manera las decisiones del Consejo tendrían mucho
mas fuerza y valor.
En
la práctica ese sistema opera ya informalmente. Desde el fin de la guerra fría
las decisiones del Consejo son negociadas en reuniones privadas, informales, y
es sólo después que se ha logrado consenso cuando el Consejo, en sesión
pública, procede a darle carácter oficial a sus decisiones. Esto ha dado como
resultado que en las dos últimas décadas el veto ha sido usado muy
excepcionalmente.
Una
solución como la propuesta estaría plenamente en armonía con la posición del
Movimiento de los No-Alineados el cual sostiene que "tanto la reforma como la expansión del Consejo de Seguridad deben
considerarse como partes integrantes de un solo paquete que tenga en cuenta los
principios de la igualdad soberana de los Estados y de la distribución
geográfica equitativa, así como la necesidad de introducir transparencia, responsabilidad
(accountability) y democratización en los métodos de trabajo y en los
procedimientos del Consejo, incluido el procedimiento de toma de decisiones …
la ampliación del Consejo debe mejorar su credibilidad, reflejar el carácter
universal de la Organización mundial y corregir las desigualdades en la
composición del Consejo de una manera amplia … el aumento de la membresía del
Consejo en no menos de once debe basarse en el principio de la distribución
geográfica y la igualdad soberana de los Estados La Declaración de la
Conferencia de Ministros del Movimiento de los No-Alineados concluye
sentenciando que "si no hubiere
acuerdo sobre otras categorías de miembros, la expansión debe llevarse a cabo,
por el momento, dentro de la categoría de miembros no-permanentes.[6]
El
Consejo Económico y Social
En
relación con este Consejo el Secretario General propone una serie de medidas
destinadas a fortalecer este órgano y a hacer más eficiente su funcionamiento.
Teniendo
en cuenta la necesidad de integrar y coordinar mejor los planes y proyectos de
desarrollo emanados de las conferencias cumbres mundiales y de ejercer una
vigilancia sobre su aplicación, propone que el Consejo realice evaluaciones
anuales de nivel ministerial sobre la marcha de los esfuerzos para alcanzar los
objetivos de desarrollo acordados en esas cumbres, y, de manera particular los
objetivos de desarrollo del milenio.
En
segundo lugar, teniendo en cuenta la necesidad de examinar las tendencias de la
cooperación internacional para el desarrollo y promover mayor coherencia entre
las actividades que cumplen las diferentes instituciones del sistema, propone
que el Consejo Económico y Social actúe como foro de alto nivel sobre la
cooperación para el desarrollo. Para ello el Consejo podría celebrar un foro de
alto nivel cada dos años.
En
relación con la necesidad de hacer frente a los desafíos, amenazas y crisis
económicas que confronta la comunidad internacional, propone que, cuando sea
necesario, el Consejo celebre reuniones oportunamente para evaluar las amenazas
al desarrollo como el hambre, las epidemias y los desastres naturales
importantes a fin de adoptar medidas para afrontarlas.
Kofi
Annan señala además que hay necesidad de vigilar y abordar sistemáticamente las
dimensiones económicas y sociales de los conflictos internacionales y propone
que el Consejo Económico y Social institucionalice su labor de gestión de las
situaciones post-conflictos y establezca un régimen de colaboración con la
Comisión de Consolidación de la Paz.[7]
Kofi
Annan recomienda también reforzar los vínculos entre el Consejo Económico y
Social y el Consejo de Seguridad “para promover la prevención estructural”
Finalmente,
propone ampliar la Mesa del Consejo o establecer un comité ejecutivo para
asegurar la participación y coordinación de los órganos intergubernamentales que
desempeñan funciones directivas y de formulación de políticas en el ámbito de
las finanzas y el comercio.
Todas
estas recomendaciones son válidas y emanan de la experiencia recogidas del
funcionamiento del Consejo Económico y Social.
Con toda seguridad serán acogidas por los gobiernos porque evidentemente
están dirigidas a dotar a ese órgano de más flexibilidad en sus trabajos y fortalecer
la acción de las Naciones Unidas en áreas que han venido surgiendo como
resultado de la ampliación de la actividad de la organización.
El
Consejo de Derechos Humanos
Esta
es sin lugar a dudas la iniciativa más importante que presenta el Secretario
General en su Informe.
La
Comisión de Derechos Humanos es un órgano subsidiario del Consejo Económico y
Social, Esta Comisión, integrada por 53 países, ha desempeña un papel
trascendental en la promoción y protección de los derechos humanos. Tiene como
función diseñas líneas y orientaciones generales de política en materia de
derechos humanos, examinas situaciones y casos de violaciones de derechos
humanos, desarrollar y codificar instrumentos y normas internacionales de
protección de los derechos humanos. En general, monitorea o supervisa el
respeto de los derechos humanos en el mundo y tiene competencia para discutir
la situación de los derechos humanos en cualquier país con base en las
informaciones que proporcionan los gobiernos, las organizaciones no
gubernamentales y otras fuentes.
Sin
embargo, como dice el Secretario General “la
capacidad de la Comisión para desempeñar sus funciones se ha visto menoscabada
paulatinamente por la disminución de su credibilidad y su profesionalización”
... “ha habido Estados que se han hecho partes en la Comisión no para afianzar
los derechos humanos sino para protegerse contra las críticas o para criticar a
otros. Esas tendencias han tenido como resultado la acumulación de un déficit
de credibilidad que ensombrece la reputación del sistema de las Naciones Unidas
en su conjunto”
Pero
los aspectos señalados por el Secretario General no son los únicos. Quizás el
problema mas grave que menoscaba la efectividad de la Comisión es el menosprecio
de algunos gobiernos por sus decisiones. Esto sucede invariablemente con los
países gobernados por dictadores o autócratas que utilizan la noción de
soberanía para protegerse de la vigilancia que ejerce la comunidad
internacional sobre su conducta en materia de derechos humanos. Esa vigilancia
generalmente se lleva a cabo mediante la figura de los “relatores especiales o
representante especiales“ designados para investigar las denuncias relacionadas
con la situación en un determinado país. Los países con un historial turbio en
cuanto a su desempeño democrático y el respeto de los derechos humanos rehúsan
aceptar las visitas de los relatores o
representantes especiales impidiendo así constatar la veracidad de las
denuncias de violaciones de derechos humanos. Otro factor que afecta seriamente
el funcionamiento de la Comisión es el número de sus miembros. Un órgano
integrado por 53 países inevitablemente es pesado y lento lo cual
inevitablemente afecta su eficacia y efectividad.
“Para que las Naciones Unidas cumplan las
expectativas de los hombres y las mujeres de todo el mundo –dice el Secretario General- y de
hecho para que la Organización asuma la causa de los derechos humanos con el
mismo rigor que las causas de la seguridad y el desarrollo, los Estados
Miembros deben acordar sustituir la Comisión de Derechos Humanos por un Consejo
de Derechos permanente de composición mas reducida.”
La posibilidad de convertir la
Comisión de Derechos Humanos en un órgano principal de las Naciones Unidas ha
sido ya objeto de discusión entre los representantes de los Estados Miembros y,
como era de esperarse, hay opiniones divergentes al respecto. Algunos piensan
que elevar la Comisión a la categoría de Consejo “diluiría” la importancia de
otros órganos de importancia similar o mayor. Otros coinciden con el Secretario
General que esa decisión contribuiría a fortalecer la focalización de los
derechos humanos dentro de las Naciones Unidas. Hay quienes proponen que en
lugar de convertirla en un Consejo, se le transforme en un órgano subsidiario
de la Asamblea y entre éstos, hay quienes opinan que eso podría constituir un paso
de transición hacia su conversión en un Consejo.
Si bien Kofi Annan aboga por la
primera opción y señala que la creación del Consejo situaría a los derechos
humanos en el rango que le corresponde y le acordaría a esa área una mayor primacía acorde con la importancia
que le otorga la propia Carta, no deja de tener presente esa diversidad de opiniones
cuando dice “los Estados Miembros
deberían decidir si quieren que el Consejo de Derechos Humanos sea un órgano
principal de las Naciones Unidas, o un organismo subsidiario de la Asamblea
General” pero, agrega: “en ambos
casos sus miembros serían elegidos por el voto de una mayoría de dos tercios de
los miembros presentes y votantes”. Dice también que además de determinar
su composición y la duración del mandato de sus miembros, las personas elegidas
para integrarlo “deberán comprometerse a
acatar las normas más rigurosas respecto de los derechos humanos”
Esto
último es sumamente importante ya que si bien el Consejo estaría integrado por
países, sus representantes deben ser efectivamente personas cuyo
compromiso con la causa de los derechos
humanos esté completamente fuera de discusión. Pero esta condición no debería
estar limitada a los representantes. También los países elegidos para formar
parte del Consejo deben gozar de un historial limpio en lo que se refiere al desempeño
democrático y el respeto de los derechos humanos.
Concretamente,
el Secretario General insta a los gobiernos a: “sustituir la Comisión de Derechos Humanos por n órgano mas pequeño de
carácter permanente denominado Consejo de Derechos Humanos que sería uno de los
órganos principales de las Naciones Unidas o un órgano subsidiario de la
Asamblea General, cuyos miembros serían elegidos directamente por Asamblea, por
mayoría de los miembros presentes y votantes”
Si
los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en la cumbre de septiembre próximo
acogen la propuesta del Secretario General, deciden transformar la Comisión de
Derechos Humanos en un Consejo, y autorizan a proceder a enmendar la Carta con
ese fin, habrán dado el paso mas trascendental en beneficio de la humanidad en
la historia de las Naciones Unidas desde su creación.
La Secretaría
En
su análisis del funcionamiento de los órganos principales de las Naciones
Unidas Kofi Annan no excluye a la Secretaría y formula una serie de
recomendaciones destinadas también a optimizar su funcionamiento.
En
primer lugar solicita a la Asamblea General que revise los mandatos que le ha
otorgado y que tienen mas de cinco años de antigüedad “para comprobar si las actividades previstas son auténticamente
necesarias y si los recursos asignados… pueden ser reasignados” para
responder a nuevos desafíos.
Pide
también a la Asamblea General que le confiera autoridad y recursos para llevar
a cabo una serie de “retiros voluntarios” para renovar el personal y adaptarlo
a las nuevas necesidades.
Propone
a los Estados Miembros que colaboren con él para llevar a cabo un examen de las
normas vigentes relativas al presupuesto y los recursos humanos.
Finalmente
propone a la Asamblea General que encargue la realización de un examen
exhaustivo de la Oficina de Supervisión Interna para fortalecer su
independencia, su autoridad, sus conocimientos y su capacidad.
Todas
estas propuestas son evidentemente
producto de su experiencia al frente de la Secretaría General y
seguramente serán endosadas por los Estados Miembros.
La actualización de la Carta de las Naciones Unidas.
Hay
un aspecto del Informe del Secretario General no relacionado con la estructura
de la organización que por su pertinencia no quisiera dejar de mencionar en
este trabajo.
Como
es sabido, las Naciones Unidas fueron creadas inmediatamente después del fin de
la segunda guerra mundial. De allí que en los artículos 53 y 107 aparece una referencia
a “estados enemigos”[8].
Como dice el Secretario General “Las
Naciones Unidas operan hoy en un mundo que es completamente distinto del que
existía en 1945” y propone la supresión de esas menciones.
Además
de resultar anacrónicas, esas referencias deben ser suprimidas porque los
países que para aquel momento entraban en la categoría de Estados enemigos hoy
día juegan un papel de primer orden en los esfuerzos de la organización en
beneficio de la paz y la seguridad internacionales y en la promoción de
desarrollo económico y social en el mundo y de manera particular de los países
menos desarrollados.
Por
último, dentro este mismo orden de ideas el Secretario General propone también
la supresión de las referencia al Comité de Estado Mayo que figuran en los
artículos 24, 45 y 46 de la Carta. Ese comité prácticamente nunca ha jugado
ningún papel.
Ambas
propuestas seguramente serán acogidas si se decide proceder a reformar la
Carta.
[1] Para el momento de escribir este trabajo la
Agenda de la 159ª. Sesión de la Asamblea consta de 164 temas y es posible que
para la fecha de la apertura de los trabajos se incorporen temas adicionales.
[2] El plenario de la Asamblea
generalmente se reserva la consideración de los temas que tienen relación con
el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.
[3] El veto consiste
en que toda decisión sobre una cuestión de sustancia requiere el voto
afirmativo de esos cinco países y basta que uno de ellos vote en contra para
que sea la moción sea rechazada.
[4] Esto, de por si, no parece conveniente porque
un órgano de esa naturaleza debe tener una composición impar a fin de evitar
que se produzcan empatasen las votaciones.
[5] Originalmente el Consejo de Seguridad tenía
once miembros y posteriormente el número se elevó a quince aumentando de seis a
diez los puestos no-permanentes.
[6] Después de elaborado este trabajo se ha tenido
conocimiento de que Argentina, Canadá, Colombia, Costa Rica, Italia, Malta,
México, Pakistán, Corea del Sur, San Marino, España y Turquía (Grupo Unidos
para el Consenso) tiene una propuesta según la cual se aumentaría a 25 los
puestos en el Consejo de Seguridad conservando los 5 miembros permanentes con
derecho de veto pero elevando de 10 a veinte el número de puestos no
permanentes. Estos últimos tendrían, como ahora, un mandato de dos años, pero
podrían ser reelegidos inmediatamente. La distribución de los puestos no
permanentes se haría de la siguiente manera: seis para África, cinco para Asia,
cuatro para América Latina, tres para Europa Occidental y dos para Europa
Oriental. En mi opinión esta propuesta pudiera ser perfectamente viable. Por
otra parte, el hecho de que en ese grupo figuran cinco países latinoamericanos
es significativo en el sentido de que la aspiración brasilera de integrar el
Consejo de Seguridad tiene opositores en la región.
[7] La
creación de esta comisión es una propuesta que formula el Secretario General en
la parte de su informe relacionada con los temas de seguridad y tendría como
misión asegurar que los esfuerzos que se realicen para poner fin a los
conflictos perduren apoyando a los países en la fase de transición de la guerra
hacia la paz.
[8] “Todo Estado que durante la guerra mundial haya
sido enemigo de cualquiera de los signatarios de esta Carta” Artículo 53,
párrafo 2
* El autor de este trabajo es Embajador retirado
del Servicio Exterior venezolano. En la rama interna de la Cancillería fue Jefe
de la División de las Naciones Unidas y Subdirector de Organismos
Multilaterales de la Dirección de Política Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores. En la
rama externa fue Embajador Representante de Venezuela ante las Naciones Unidas
en cada una de las tres sedes de la Organización: Nueva York, Ginebra y Viena.
Ejerció la Presidencia del Consejo de Seguridad en Septiembre de 1993.