La coordinación del sistema de política exterior
Adolfo R. Taylhardat
Las relaciones internacionales han dejado de ser terreno exclusivo del
Ministerio de Relaciones Exteriores. El crecimiento y la diversificación
del
sistema de política exterior es resultado directo de los cambios que se han
venido operando como consecuencia de la globalización tanto en la escena
interna
como en la internacional.
La Cancillería venezolana (o la de cualquier país) no puede, por sí sola,
atender las numerosas exigencias que impone la acción internacional
moderna.
Actualmente la actividad internacional implica la participación de
prácticamente
todos los órganos del Poder Nacional y todos los niveles jerárquicos que
conforman el Estado. La diplomacia se ha vuelto una actividad
multidisciplinaria
que exige la intervención de especialistas en muy variadas disciplinas y la
acción paralela, con frecuencia autónoma, de diversas dependencias
administrativas. En gran medida implica también la participación activa del
sector privado.
Aún reconociendo que nuestra Cancillería no puede asumir la ejecución y el
control de todos los aspectos operativos de la actuación internacional del
país,
resulta imperioso corregir la situación prevaleciente, agudizada en los
últimos
años por efecto del proceso de descentralización, en la cual ministerios,
institutos autónomos, empresas del Estado, gobernadores y hasta alcaldías,
emprenden iniciativas y desarrollan actividades de carácter internacional
sin
que se les pueda hacer el seguimiento debido y sin que exista la necesaria
coordinación o concertación con la entidad responsable en primera instancia
de
las relaciones internacionales. Resulta por lo tanto necesario articular la
actuación de los diversos entes que intervienen en el sistema de política
exterior, racionalizar el proceso de formación de las decisiones en
política
internacional, asegurar la necesaria coherencia en la acción internacional,
conjugar los intereses y definir las prioridades orientadoras de la acción
del
país en el ámbito internacional. No debe olvidarse que constitucionalmente
la
conducción de las relaciones internacionales es competencia del Poder
Nacional y
más específicamente del Ejecutivo en la persona del Presidente de la
República
asistido el ministro de Relaciones Exteriores.
La reconciliación de ese pluralismo intragubernamental de las relaciones
internacionales con la necesidad de asegurar coherencia en la actuación
internacional a fin de evitar contradicciones se puede lograr mediante el
establecimiento de dos sencillos mecanismos destinados a asegurar la
coordinación entre: a) los órganos de la administración central
(coordinación
horizontal) y la Cancillería y b) los órganos de la administración regional
descentralizada (coordinación vertical) y la Cancillería.
a) El mecanismo para asegurar la coordinación horizontal debería operar al
más
alto nivel posible y para ello bastaría con instituir el gabinete sectorial
de
relaciones exteriores.Este gabinete contaría con la participación del
Presidente, el ministro de Relaciones Exteriores, los titulares de otros
ministerios competentes en los asuntos que figuren en la agenda de cada
reunión. Dependiendo también de los temas, los responsables de otras entidades
o agencias gubernamentales podrían ser invitados a participar. La agenda sería
comunicada a los participantes con una semana de anticipación y comprendería
aquellas cuestiones sobre las cuales es necesario concertar la posición de los
entes involucrados. El gabinete de relaciones exteriores, además de su función
coordinadora, tendría como atribuciones la formulación y diseño de las
decisiones de política exterior, la concertación de las iniciativas a ser
emprendidas como parte de la acción internacional bilateral o multilateral, la
realización de las consultas necesarias para la fijación de posiciones, la toma
de decisiones acerca cuestiones o asuntos específicos, y la armonización de la
actuación de los diversos entes que integran el sistema de política exterior.
La coordinación horizontal también propiciaría la consulta, la concertación
y la
colaboración con el sector privado.
b) La coordinación vertical estaría a cargo de la propia Cancillería
mediante un
mecanismo permanente destinado a asegurar la consulta oportuna y la
concertación
continua con las gobernaciones de los estados y con las alcaldías. Este
mecanismo: i) Proporcionaría a los entes de la administración regional
descentralizada información y asesoramiento acerca de la manera como pueden
beneficiarse de las oportunidades existentes de cooperación internacional.
ii) Analizaría y secundaría las gestiones de estos entes para obtener apoyo
financiero, asistencia técnica, inversiones o cooperación internacionales
para
la ejecución de proyectos específicos. iii) Procuraría optimizar la gestión
internacional de los entes de la administración descentralizada.
Estas medidas que se proponen no tienen un carácter sensacional pero
representan
acciones concretas y efectivas que se traducirían en un incremento
considerable
de la eficiencia del Ministerio de Relaciones Exteriores, tendrían un
impacto
indiscutible sobre la imagen externa de Venezuela y permitirían a la
Cancillería
desenvolverse con más agilidad en el escenario internacional cambiante del
momento.