EL UNIVERSAL
OPINIÓN - Miércoles 15 de julio
de 2009
LA CDI NO ES PARA PROTEGER GOBERNANTES DELINCUENTES
Adolfo R. Taylhardat
El Artículo 1º. de la Carta
Democrática Interamericana (CDI) es tajante y meridiano: “Los pueblos tienen
derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y
defenderla”. Esto significa que la defensa de la democracia no admite ni
medias tintas y mucho menos dobles morales. Esa obligación abarca tanto la
defensa de la democracia contra golpes de estado que persiguen derrocar a un
gobierno democrático como la defensa de la democracia contra jefes de estado
que persiguen liquidarla.
Este doble papel de la CDI está claramente confirmado
cuando en su Artículo 3º dice que uno de los elementos esenciales de la democracia
es el ejercicio del poder con sujeción
al estado de derecho. Por lo tanto, para que un gobernante califique como
demócrata no basta con que haya sido elegido sino que debe ejercer sus
funciones con estricto apego a la Constitución y a las leyes.
La propia CDI enumera los elementos esenciales
que debe reunir un gobierno para que pueda ser considerado democrático: respeto
de los derechos humanos y las libertades fundamentales, celebración de
elecciones periódicas, libres justas y basadas en el sufragio universal y
secreto como expresión de la soberanía popular, régimen plural de partidos y
organizaciones políticas y separación e independencia de los poderes públicos.
También enumera los componentes fundamentales que integran la democracia:
transparencia en las actividades gubernamentales, probidad, responsabilidad de
los gobernantes, y respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión
y de prensa.
Normalmente las constituciones
nacionales contemplan normas, mecanismos y procedimientos para enjuiciar, y
eventualmente destituir, a un gobernante que
viola o desconoce el estado de derecho. Esto es posible cuando en el país de que se
trate las instituciones funcionan normal y eficazmente.
Pero,
¿y si los abusos, las violaciones, los
atropellos y las injusticias son cometidos precisamente por quienes deben ser
los garantes de la legalidad? ¿Quién protege a los ciudadanos frente a los
abusos del poder cuando los órganos que deben cumplir esa función han sido
secuestrados por el gobernante? La “ruptura
del orden democrático” en un país no solamente ocurre cuando se produce un
golpe de estado contra un presidente electo. También se produce cuando un
presidente electo atenta contra ese orden democrático. La elección no otorga a
un gobernante una patente de corso para sojuzgar y tiranizar a un pueblo.
Esto es lo que ocurre en nuestro país. Tenemos
una de las constituciones más modernas y progresistas del mundo, sobre todo en
materia de derechos humanos y protección del ciudadano. Pero los órganos que
tiene por función proteger al ciudadano y velar por el funcionamiento de la
democracia se han convertido en instrumentos de acoso, persecución y violación
de los más esenciales derechos individuales. Los ciudadanos nos encontramos en
una situación de total indefensión frente al gobernante que mantiene
avasallados, doblegados, a todos los demás poderes públicos convirtiéndolos en
simples agentes e instrumentos suyos para imponer un régimen absolutamente
opuesto a lo que contempla la Carta Magna.
La CDI no fue concebida para contemplar un solo
lado de la moneda. Ese instrumento debe ser aplicado en todas las
circunstancias en que la democracia se encuentra amenazada o liquidada ya sea
como resultado de un golpe de estado contra un gobernante demócrata o de un
autogolpe ejecutado por un gobernante electo que en su desempeño se desvió del
camino de la democracia. Tampoco puede ser considerado democrático un
gobernante que, como el teniente coronel presidente, lleva a cabo un autogolpe
progresivo, “por cuotas”, despojando gradualmente a la democracia de esos
elementos esenciales y componentes fundamentales de que habla la CDI. Tan
golpista es aquel que valiéndose de la fuerza de las armas derroca a un
gobernante legítimo como el gobernante que, valiéndose de la legitimidad de
origen se dedica, durante el ejercicio
del cargo que el pueblo le atribuyó, a liquidar gradualmente la democracia empleando
los recurso y mecanismos que la propia democracia ha puesto en sus manos. Sobre
todo si el interfecto es un golpista consumado y reincidente como es el caso de
quien gobierna nuestro país.
La CDI tampoco fue concebida para cohonestar
atropellos y violaciones a la democracia por parte de quien, no conforme con
haber llevado a cabo un autogolpe progresivo para implantar una dictadura en su
propio país, se dedica a promover el mismo esquema de desconocimiento del
estado de derecho en otros países valiéndose de la complicidad de sus
gobernantes, como ha ocurrido con Bolivia, Nicaragua y Ecuador. O como ha
intentado hacerlo en Honduras donde, afortunadamente, las instituciones
democráticas reaccionaron oportunamente y lograron impedir la entronización de
un clon del auto - golpista venezolano.
Los pequeños países caribeños que inocentemente
han caído en la red de ALBA –que ya dejó de ser “alternativa” para convertirse
en “alianza”- deben mirarse en el espejo de Honduras, país que supo verse a
tiempo en el espejo de Venezuela. También deben tener presente cómo PETROCARIBE
está siendo utilizada como arma diplomática en el caso de Honduras para tratar
de forzar la voluntad democrática de un pueblo.
Los demás países de la región incluidos los
Estados Unidos deben desembarazarse a tiempo del chantaje verbal del teniente
coronel presidente y desvincularse de las irracionales amenazas de intervención
militar que profiere para proteger a sus títeres. Es la segunda vez que recurre
a esos amagos que afortunadamente no han pasado de ser simples fanfarronadas.
Pero tratándose de un personaje que no oculta su naturaleza colérica no puede
descartarse que en algún momento ese talante atrabiliario lo lleve a envolver a
nuestro país en una aventura militar de consecuencias nefastas.
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